LOMLOE
¿Cuáles son los motivos que justifican el cambio de la Ley?
El motivo principal que justifica el cambio de ley es la crisi económica y los recortes que han sufrido los centros públicos pero, al mismo tiempo, ha servido para revalorizar el papel de la educación y la percepción que tiene la sociedad de esta.
Los cambios que se han producido a partir de la nueva ley, LOMLOE, son los siguientes:
- Reduce la tasa de abandono temprano de la educación y la formación. Además, ha aumentado la escolarización en los estudios no obligatorios, sobretodo en la formación profesional (FP).
- Propone incluir la mayor participación del currículo de movimientos sociales causados por la crisis. Esto requiere una mayor implicación de la sociedad apostando por la FP, por ello, hay revitalización de los órganos de participación para así, no limitar su papel en la generación de egresado.
- Necesidad de mejorar la calidad y la equidad educativa de esta forma, se requería la perfección de la formación del profesorado, promover la sociedad del conocimiento, asegurar el acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación y la inversión en recursos humanos, entre otras cosas.
- Incorpora la construcción de entornos de aprendizaje abiertos, la promoción de la ciudadanía activa, la igualdad de oportunidades y cohesión social, a parte, pretende llevar a cabo la evolución de la ciudadanía democrática, el deseo de seguir aprendiendo y la capacidad de aprender de forma autónoma.
- Decreta pautas de evaluación tanto para el cuerpo docente como del alumnado. Esto fue crucial para el funcionamiento de ambos y el rendimiento del estudiante.
¿Qué nuevos principios y/o fines educativos se proponen según la LOMLOE?
La LOMLOE se propone nuevos principios o fines educativos como:
Desarrollar un enfoque de derechos de la infancia, reconociendo su interés, su derecho a la educación y la obligación que tiene el Estado de asegurar el cumplimiento de sus derechos.
En segundo lugar, incluye la coeducación para promover la igualdad de género permanentemente en todo el aprendizaje, para llevar a cabo la prevención de la violencia de género y generar el respeto a la diversidad con un perspectiva inclusiva y no sexista.
Seguidamente, tiene como principal objetivo elevar los resultados de los alumnos mediante una metodología de mejora de los centros educativos y la individualización del aprendizaje.
En cuarto lugar, resalta la necesidad de atender al desarrollo sostenible. La sociedad ha de poner de su parte para incorporarse en los planes y programas educativos de la enseñanza obligatoria, introduciendo los conocimientos, capacidades, valores y actitudes que necesita toda la sociedad para poder vivir.
Finalmente, persiste en la necesidad de tener en cuenta el cambio que se está produciendo en la sociedad en la que vivimos y que este cambio está afectando en la educación. Con este cambio, el objetivo es desarrollar la competencia digital de los estudiantes en todas sus etapas educativas.
El objetivo principal es reforzar la equidad y la capacidad inclusiva del sistema. La sociedad pide un sistema educativo moderno, abierto, multilingüe que pueda desarrollarse todo el talento de los jóvenes. Por otra parte, también la importancia por el bienestar nutricional de los jóvenes adoptando una política que apoye un régimen alimentario saludable en las escuelas.
En conclusión, la finalidad es establecer una Ley que aumente las oportunidades de los estudiantes y que los forme, que mejores los resultados académicos y que puedan obtener todos los jóvenes una calidad educativa.
¿Qué se propone en materia del currículo?
En el artículo 6 del documento LOE con LOMLOE, todo lo que expone sobre el currículum son incorporaciones de la LOMLOE.
Lo que se propone en esta nueva ley es una nueva definición de currículo y lo define como “ el conjunto de objetivos, competencias, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente ley”. Por ello, al cambiar la base, cambian todos los demás aspectos.
En primer lugar, el currículo tendrá como objetivo facilitar el desarrollo educativo de los estudiantes asegurando así su formación completa y el progreso de su personalidad, todo ello para prepararles para una ciudadanía activa y democrática, es decir, para desenvolverse en nuestra sociedad.
Además se recogerán y limitaran las enseñanzas mínima (competencias, contenidos y criterios de evaluación) para garantizar unos estudios comunes y garantizar su validez.
También se incorpora el requerimiento de que “Las enseñanzas mínimas requerirán el 55 por ciento de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 65 por ciento para aquellas que no la tengan”.
En cuanto a los centros docentes, estos se encargaran de completar el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía. Por ello las Administraciones educativas regularán los currículos para adaptarlos al cambio dentro de su contexto.
Otra aportación es la de inclusión en la estructura orgánica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en cooperación con las Comunidades Autónomas.
Finalmente, en el apartado de cooperación internacional educativa, se podrán establecer currículos mixtos con otros sistemas educativos.
¿Cuáles son las principales novedades en materia de Enseñanzas y su Ordenación en educación infantil y primaria?
Según el artículo 12, la educación infantil es la etapa educativa que agrupa a los niños desde el nacimiento hasta los 6 años. Los centros de educación infantil deberán estar autorizados por las Administraciones educativas para acoger a los niños/as.
La finalidad de esta etapa es conseguir un desarrollo correcto tanto físico como social, y añadiendo así el cognitivo entre niños y niñas.
Además, los centros establecerán una relación con las familias de una manera cooperativa. La LOMLOE añade que los centros de educación infantil harán frente a los efectos de la desigualdad de origen cultural, social y económico, así como a las necesidades individuales.
Por otra parte, para los objetivos que abarca la LOMLOE, no se añaden cambios respecto a la LOMCE. Su principal objetivo es desarrollarse individualmente y al mismo tiempo, desarrollarse en un entorno social y familiar.
Siguiendo en el artículo 14, en cuanto a la ordenación y principios pedagógicos, los centros de educación infantil ofrecerán una propuesta pedagógica de carácter educativo para los dos ciclos. Para atender al desarrollo anteriormente citado, se organizarán en áreas y se realizarán a través de actividades de interés para los niños.
Otra de las alteraciones que propone la LOMLOE es el fomento del lenguaje tanto materno como una lengua extranjera, aproximándose a la lectura y escritura de tal manera que facilite su paso a educación primaria. Todo el programa educativo de educación infantil se centrará en potenciar la autoestima y la integración social mediante juegos y experiencias.
Por último, en el artículo 15, se potencia el aumento de la oferta de plazas gratuitas en los centros públicos para el primer y el segundo ciclo de infantil. Así mismo, los centros podrán ofertar el primer ciclo, el segundo o ambos.
La educación primaria, engloba desde los seis años hasta los doce. Su principal finalidad es el dominio de los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo y los principios básicos de la cultura. También englobará hábitos de estudio y potenciará la creatividad con tal de desarrollar la personalidad del alumnado.
El artículo 17 se mantiene fiel a la LOMCE, es decir, no ofrece ninguna modificación de los objetivos. Referente a la Organización, en el artículo 18 se proponen muchos cambios, entre ellos, que la educación primaria cuente con tres ciclos de dos años cada uno partiendo de las áreas siguientes:
a) Conocimiento del Medio natural, social y cultural, que se podrá desdoblar en
Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales.
b) Educación Artística, que se podrá desdoblar en Educación Plástica y Visual, por
una parte, y Música y Danza, por otra.
c) Educación Física.
d) Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura.
e) Lengua Extranjera.
f) Matemáticas.
Además, otro cambio que se añade en la LOMLOE es que en el tercer ciclo se impartirá la Educación en Valores cívicos y éticos, donde se inculcarán contenidos básicos de convivencia y derechos Humanos y de la Infancia.
Por otro lado, las Administraciones educativas tendrán capacidad para añadir una segunda lengua extranjera o cooficial como materia transversal.
También, se contará con un equipo de orientación y tutoría para ofrecer atención tanto individual como colectiva.
En cuanto a los principios pedagógicos, el artículo 19 propone garantizar la inclusión educativa entre el alumnado atendiendo a sus necesidades individuales. Se trabajarán diversos tipos de educación (emocional, sexual, en valores, para la salud…). Todos los aspectos educativos se recopilarán en el Proyecto Educativo del centro.
En el artículo 20, añade cambios respecto a la evaluación de las etapas educativas. Se desarrollarán refuerzos para incrementar la competitividad de los alumnos. También se realizarán informes sobre el nivel de competencias desarrolladas en cada alumno. Los alumnos que tengan necesidades educativas recibirán adaptaciones en el currículo.
Finalmente, en el artículo 21, se evaluará el diagnóstico de las competencias adquiridas por el alumnado y esta será comunicada a los docentes y familiares.
¿Cuál es el estado actual y qué cambios se propone para la gestión de centros?
En cuanto a los Principios generales de los Centros docentes, según el artículo 107, los centros docentes de enseñanzas reguladas se regirán por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, los centros integrados de formación profesional se regirán por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio. Además, las Comunidades autónomas regularán la organización de los centros de enseñanzas artísticas superiores y el Gobierno regulará y se encargará de la gestión de los centros docentes públicos españoles en el exterior.
Según el artículo 108, los centros se clasifican en públicos (el titular es una administración pública) y privados (el titular es una persona física o jurídica de carácter privado). Los centros privados concertados son aquellos acogidos acogidos al régimen de conciertos legalmente establecido.
En cuanto a los cambios que se proponen, según la LOMLOE, se producen en algunas de las secciones de este capítulo, entre ellas la Programación de la red de Centros, que pertenece al Artículo 109 donde se garantizan unas condiciones de igualdad en la educación, además de asegurar el derecho a esta de una forma igualitaria con el fin de consolidar una adecuada y equilibrada educación. También se garantiza una existencia de plazas públicas en todas las áreas siempre teniendo en cuenta el principio de economía y la eficiencia en el uso de recursos.
Por lo que respecta al apartado de Tecnologías de Información y Comunicación, se consulta que estas se utilizarán para facilitar el aprendizaje a los niños siempre bajo las condiciones que posibiliten la eliminación de las TIC en caso de que causen algún peligro como la violencia en la red, y por último, se garantiza que el Ministerio de Educación y Formación profesional revisará el marco.
Referente a los Medios materiales y humanos, se establecerá el compromiso de adoptar propuestas de proyectos externos para la inclusión y la atención a la diversidad del alumnado, las cuales serán valoradas en base a los objetivos establecidos.
Finalmente, en cuanto a los Conciertos de los Centros privados concertados, serán considerados centros educativos aquellos que ofrezcan enseñanza gratuita y que funcionen con un régimen cooperativo usando una reconocible especificidad. También se podrán concertar las enseñanzas de ciclos formativos de grado básico. Estos conciertos tendrán carácter general.
¿Cuáles son los principales rasgos e instrumentos para la participación, autonomía y gobierno de los centros?
Según la LOMLOE, las administraciones educativas garantizarán la participación de la comunidad educativa en la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros. Esta participación de la comunidad educativa en el gobierno de los centros se verá a través del Consejo Escolar. El profesorado seguirá tomando decisiones pedagógicas de acuerdo con el Claustro, los órganos de coordinación docente y equipo de profesorado del mismo curso añadiendo la coordinación por ciclos.
Las administraciones educativas continuarán encargándose de garantizar la participación del alumnado a través de delegados y representantes del Consejo Escolar. Así mismo, las familias podrán colaborar a través de las diferentes asociaciones.
Continuará siendo obligatorios la presencia al menos de el Consejo Escolar y el Claustro del profesorado añadiendo el hecho de impulsar la asistencia equilibrada entre mujeres y hombres.
En cuanto a la autonomía, los centros educativos dispondrán de suficiente autonomía para elaborar y aprobar su propio proyecto educativo y de gestión que englobará las normas de organización y funcionamiento. Se proporcionarán recursos materiales, humanos y económicos con suficiente autonomía para poder dar respuesta a los proyectos educativos y, en el caso de los centros públicos, tendrán que rendir cuentas de los resultados obtenidos.
Por otro lado, la autonomía de los centros permitirá adoptar innovaciones pedagógicas, programas educativos, formas de organización, normas de convivencia o ampliación del calendario escolar siempre que lo permita la normativa establecida y no suponga discriminación de ningún tipo. Si estos cambios pueden afectar a la obtención de títulos académicos o profesionales deberá ser el gobierno quien los autorice.
¿Qué se propone para la evaluación del sistema educativo?
Según el artículo 140 de la LOMLOE, la finalidad de la evaluación del sistema educativo consiste en contribuir a la mejora de calidad y equidad educativa, orientar las políticas educativas, entre otras. Además, la LOMLOE añade que las evaluaciones del sistema educativo no se pueden utilizar para valorar o segregar individualmente al alumnado o para calificar el centro independientemente del territorio estatal o autonómico.
Por otra parte, en el artículo 141, sobre el ámbito de la evaluación, se mantiene intacto a la LOE, donde se expone que la evaluación se amplía a todos los ámbitos educativos tanto los procesos de aprendizaje como los resultados del trabajo por parte de alumnos, docentes y equipo directivo.
En cuanto al artículo 142, dicha evaluación será realizada por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) a quien el gobierno determinará las funciones garantizando así la participación de las Administraciones educativas.
Según el artículo 143 que modifica el artículo 88 de la LOMCE, el INEE deberá realizar las evaluaciones con la finalidad de adquirir datos relevantes, tanto en alumnado de los centros de las diferentes comunidades como a nivel estatal (de manera homogénea). Así pues, el INEE, junto a las administraciones, realizará evaluaciones de las competencias adquiridas por parte de los alumnos y alumnas del último curso de primaria y de la ESO. Estas tendrán carácter informativo, formativo y orientador para los centros educativos y familias.
Al mismo tiempo, el INEE y las administraciones educativas elaborarán el Sistema Estatal de Indicadores de la Educación ‘que contribuirá al conocimiento del sistema educativo y a orientar la toma de decisiones de las instituciones educativas y de todos los sectores implicados en la educación’. Los datos necesarios para la elaboración de este sistema, serán facilitados al Ministerio de Educación.
Igualmente, las instituciones nombradas al principio del párrafo, deberán aportar los mecanismos para facilitar la incorporación de información complementaria al tratamiento estadístico para mejorar el análisis de los factores que afectan al rendimiento escolar. Así pues, la LOMLOE añade que en estos dos últimos hechos esté presente la Formación Profesional junto al Ministerio de Educación.
El artículo 144, defiende que será el INEE junto a las diferentes Administraciones los encargados de elaborar un marco común de evaluación para las evaluaciones de diagnóstico expuestas. Estas evaluaciones tendrán lugar en todos los centros a la totalidad del alumnado de cuarto curso de Educación Primaria y segundo de Educación Secundaria. El propósito último de estas será diagnóstica comprobando así el dominio en competencia lingüística y matemática. Los resultados obtenidos serán utilizados en los centros educativos para realizar planes de mejora.
Las administraciones educativas en este proceso tendrán diversas funciones, en primer lugar proporcionar las herramientas pertinentes para que las evaluaciones se realicen de la forma adecuado en todos los centros. Por otro lado, se encargarán de regular los planes de actuación que procedan de los resultados obtenidos. Teniendo en cuenta que las evaluaciones no podrán ser utilizadas para clasificar los diferentes centros, reduciéndose a un carácter exclusivamente interno y formativo.
En cuanto al artículo 145, teniendo en cuenta el contexto socio-económico, el contexto cultural y también a los alumnos y el entorno que los rodea, las administraciones educativas podrán realizar evaluaciones de los centros educativos. Igualmente, las administraciones educativas facilitarán la autoevaluación de los centros.
El artículo 146, evaluación de la función directiva, también se mantiene intacto a la LOMCE. Así pues, las administraciones educativas podrán realizar valoraciones de la función educativa de su centro con la finalidad de mejorar el funcionamiento.
Por último, en el artículo 147, manteniéndose fiel a la LOMCE, añade que la Formación Profesional, junto al Ministerio de Educación, deberá publicar los resultados de las evaluaciones realizadas por el INEE y dará a conocer la información que ofrezca periódicamente el Sistema Estatal de Indicadores.
¿Cuál es la valoración de estos cambios para el equipo?
El cambio que más nos ha llamado la atención es el cambio de la mentalidad en cuanto educación. Por una parte, estamos de acuerdo en las medidas sociales que se impulsan.
En primer lugar, la LOMLOE se centra en la calidad educativa ligada a la equidad e igualdad de oportunidades, todo esto mediante la coeducación. Tal como dice la nueva Ley uno de sus objetivos principales es “Aprender a aprender sin dejar a nadie atrás como eje transversal del sistema”.
En segundo lugar, queremos resaltar la incorporación de los valores para conseguir la escuela con la mentalidad que se propone. Ya que, la escuela es el reflejo de la sociedad, es decir, sin esta la sociedad no avanza.
Además, esto provoca el aumento en la matriculación escolar en estudios variados (Formación Profesional, Universidad...) adaptándose así a la pluralidad de la sociedad. Asimismo, estamos de acuerdo en la medida que adopta, ya que suprime los itinerarios curriculares de la ESO para agruparla en un título único y así, no tener que elegir a una edad demasiado temprana. También, pretende disminuir el abandono escolar gracias a medidas como proponer diferentes vías para conseguir el mismo título, la ESO. Se apuesta por la Educación Infantil incluyendo la educación gratuita desde los 0 años.
Prevención y limitación de la segregación entre escuelas. Este objetivo, se llevará a cabo mediante evaluaciones de diagnóstico que permitirá la mejora interna sin publicar las clasificaciones en los centros como ocurría en la ley anterior. Además, respecto al alumnado limita la repetición dejándola como un recurso excepcional mediante medidas preventivas y planes individualizados. Apuesta por una autonomía de los centros y de las administraciones educativas de las diferentes comunidades autónomas.
En conclusión, en una de las cosas que estamos más de acuerdo es el refuerzo del liderazgo pedagógico en las direcciones de los centros.
Por otro lado, criticamos la poca innovación y los cambios superficiales. Por ejemplo, en cuanto a los centros concertados trata de hacer una regulación que no genera cambio. También en la materia de religión intenta reducir su peso pero no lleva a cabo su abolición. Es decir, no deja de ser una ley de educación semejante a las anteriores puesto que, intenta innovar pero en realidad, el resultado no presenta una gran diferencia.
Aunque estamos de acuerdo con las medidas que impulsan, estas no son innovadoras porque ya habían estado presentadas en mayor o menor medida anteriormente. Sigue siendo una ley que no atiende a las opiniones de la Comunidad Educativa y que será derogada con el siguiente cambio de Gobierno. Es momento de llevar a cabo una ley consensuada que mire por el bien de la educación, en la que los implicados en educación seamos partícipes.
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